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Contratar un seguro funerario va más allá de tener todo cubierto frente a las gestiones relacionadas de un sepelio, ya que podrás disponer del monto asegurado completo para que tu familia pueda realizar los tramites funerarios dentro y fuera de Panamá, viajar a otro país en caso de fallecimiento en el extranjero o repatriar a tus seres queridos.
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“Tu tranquilidad, nuestro compromiso”
Contratar un seguro funerario va más allá de tener todo cubierto frente a las gestiones relacionadas de un sepelio, ya que podrás disponer del monto asegurado para que tu familia pueda realizar los trámites funerarios dentro y fuera de Panamá, viajar a otro país en caso de fallecimiento en el extranjero de tus familiares asegurados en la póliza o repatriar.
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Sin papeleos ni tramites complejos, en solo 4 pasos.
Preguntas frecuentes
Desde 18 a 70 años para el Asegurado Titular y de 0 a 70 años para los asegurados dependientes. Los Asegurados inscritos en la póliza, para el momento de la contratación deben gozar de buena salud.
Gastos Funerarios: En caso de que el Asegurado Principal o uno de los Asegurados Dependientes fallezca por causa natural o accidental, la Compañía le prestará los servicios funerarios de acuerdo con el plan elegido a través de sus Proveedores de servicios funerarios, ó indemnizará la suma asegurada establecida en las Condiciones Particulares por concepto de Gastos Funerarios.
En el caso de otorgar los servicios por gastos funerarios a través de proveedores, se garantiza la prestación del servicio funerario, bajo las siguientes especificaciones:
- Traslado del cuerpo en carroza
- Ataúd adecuado para las exequias
- Servicio de empleados en el funeral
- Servicio de floristería (Cantidad de ramos de acuerdo con el país)
- Preparación y arreglo del fallecido
- Tramites civiles y eclesiásticos
- Velación en sala tipo B
- Equipo de Velación
- Libro recordatorio
- Tarjetas de agradecimiento
- Veladoras
Además de los servicios aquí descritos, se presta uno de los siguientes servicios:
Cremación a solicitud de los beneficiarios:
- Ataúd de metal en carácter de préstamo
- Servicio de cremación
- Servicio de oficio religioso
- Certificado de cremación
- Cofre para cenizas
- Bendición y encoframiento de las cenizas
Boleto de Transporte Internacional: En caso de que uno de los Asegurados Dependientes fallezca por causa natural o accidental, la Compañía indemnizará con el monto de la suma asegurada establecida para esta cobertura en las Condiciones Particulares al Asegurado Titular a fin de cubrir el costo del boleto aéreo internacional. Esta cobertura también se extiende a cubrir el caso donde el Asegurado Titular sea diagnosticado con una enfermedad terminal y requiere un pasaje aéreo para regresar a su país de origen.
Este seguro no cubre el fallecimiento cuando fuere causados por o durante:
- Acciones de guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, o actos de terrorismo, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil insurrección, sublevación, rebelión, sedición, o hechos que las leyes califiquen como delitos contra la seguridad interior del Estado
- Acciones de Fisión o fusión nuclear, contaminación radioactiva, guerra bacteriológica y otras armas de muerte masiva que no son necesariamente nucleares
- Evento catastrófico
- El Periodo de Espera establecido para este Anexo
- Solo prestará la Asistencia Funeraria contraída bajo una sola póliza, independientemente que el Asegurado o dependiente, mantengan una misma cobertura vigente, dentro de otro contrato de seguro en la Compañía
- Para el Asegurado Titular, 90 días continuos desde el inicio de la póliza
- Para los Asegurados Dependientes, 120 días continuos desde el inicio de la póliza
- No se aplicarán periodos de espera en caso de fallecimiento a consecuencia única y exclusivamente de un accidente
Comunícate con nosotros durante las 24 horas del día. Teléfono: 800-5737 ó al WhatsApp +507-6300-5737
Gastos Funerarios:
- Fotocopia del documento de identidad del asegurado titular y del fallecido
- Certificado de Defunción
- En caso de muerte accidental carta narrativa de los hechos
- Nombre y teléfonos del familiar responsable designado para coordinar
Boleto de Transporte Internacional:
- Fotocopia del documento de identidad del asegurado titular y del fallecido
- Certificado de Defunción del Asegurado Dependiente (si fuere el caso)
- Ordenes de exámenes practicados con sus respectivos resultados é Informe médico donde se detalle la enfermedad terminal (si fuere el caso)
- Factura de compra del Boleto o reserva de este a nombre del Asegurado Titular
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RUC 2203687-1-773722 DV. 09