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Contratar un seguro funerario va más allá de tener todo cubierto frente a las gestiones relacionadas de un sepelio, ya que podrás disponer del monto asegurado completo para que tu familia pueda realizar los tramites funerarios dentro y fuera de Panamá, viajar a otro país en caso de fallecimiento en el extranjero o repatriar a tus seres queridos.

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“Tu tranquilidad, nuestro compromiso”

Contratar un seguro funerario va más allá de tener todo cubierto frente a las gestiones relacionadas de un sepelio, ya que podrás disponer del monto asegurado para que tu familia pueda realizar los trámites funerarios dentro y fuera de Panamá, viajar a otro país en caso de fallecimiento en el extranjero de tus familiares asegurados en la póliza o repatriar.

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COMÓ FUNCIONA

Sin papeleos ni tramites complejos, en solo 4 pasos.

Preguntas frecuentes

Desde 18 a 70 años para el Asegurado Titular y de 0 a 70 años para los asegurados dependientes. Los Asegurados inscritos en la póliza, para el momento de la contratación deben gozar de buena salud.

Gastos Funerarios: En caso de que el Asegurado Principal o uno de los Asegurados Dependientes fallezca por causa natural o accidental, la Compañía le prestará los servicios funerarios de acuerdo con el plan elegido a través de sus Proveedores de servicios funerarios, ó indemnizará la suma asegurada establecida en las Condiciones Particulares por concepto de Gastos Funerarios.

En el caso de otorgar los servicios por gastos funerarios a través de proveedores, se garantiza la prestación del servicio funerario, bajo las siguientes especificaciones:

  1. Traslado del cuerpo en carroza
  2. Ataúd adecuado para las exequias
  3. Servicio de empleados en el funeral
  4. Servicio de floristería (Cantidad de ramos de acuerdo con el país)
  5. Preparación y arreglo del fallecido
  6. Tramites civiles y eclesiásticos
  7. Velación en sala tipo B
  8. Equipo de Velación
  9. Libro recordatorio
  10. Tarjetas de agradecimiento
  11. Veladoras

Además de los servicios aquí descritos, se presta uno de los siguientes servicios:
Cremación a solicitud de los beneficiarios:

  1. Ataúd de metal en carácter de préstamo
  2. Servicio de cremación
  3. Servicio de oficio religioso
  4. Certificado de cremación
  5. Cofre para cenizas
  6. Bendición y encoframiento de las cenizas

Boleto de Transporte Internacional: En caso de que uno de los Asegurados Dependientes fallezca por causa natural o accidental, la Compañía indemnizará con el monto de la suma asegurada establecida para esta cobertura en las Condiciones Particulares al Asegurado Titular a fin de cubrir el costo del boleto aéreo internacional. Esta cobertura también se extiende a cubrir el caso donde el Asegurado Titular sea diagnosticado con una enfermedad terminal y requiere un pasaje aéreo para regresar a su país de origen.

Este seguro no cubre el fallecimiento cuando fuere causados por o durante:

  1. Acciones de guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, o actos de terrorismo, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil insurrección, sublevación, rebelión, sedición, o hechos que las leyes califiquen como delitos contra la seguridad interior del Estado
  2. Acciones de Fisión o fusión nuclear, contaminación radioactiva, guerra bacteriológica y otras armas de muerte masiva que no son necesariamente nucleares
  3. Evento catastrófico
  4. El Periodo de Espera establecido para este Anexo
  5. Solo prestará la Asistencia Funeraria contraída bajo una sola póliza, independientemente que el Asegurado o dependiente, mantengan una misma cobertura vigente, dentro de otro contrato de seguro en la Compañía

  1. Para el Asegurado Titular, 90 días continuos desde el inicio de la póliza
  2. Para los Asegurados Dependientes, 120 días continuos desde el inicio de la póliza
  3. No se aplicarán periodos de espera en caso de fallecimiento a consecuencia única y exclusivamente de un accidente

Comunícate con nosotros durante las 24 horas del día. Teléfono: 800-5737 ó al WhatsApp +507-6300-5737

Gastos Funerarios:

  • Fotocopia del documento de identidad del asegurado titular y del fallecido
  • Certificado de Defunción
  • En caso de muerte accidental carta narrativa de los hechos
  • Nombre y teléfonos del familiar responsable designado para coordinar

Boleto de Transporte Internacional:

  • Fotocopia del documento de identidad del asegurado titular y del fallecido
  • Certificado de Defunción del Asegurado Dependiente (si fuere el caso)
  • Ordenes de exámenes practicados con sus respectivos resultados é Informe médico donde se detalle la enfermedad terminal (si fuere el caso)
  • Factura de compra del Boleto o reserva de este a nombre del Asegurado Titular

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